martes, 31 de octubre de 2017

Tarea


Ordena las siguientes normas atendiendo al principio de jerarquía normativa

    1. Directiva del Consejo de 12 de junio de 1989 relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (89/391/CEE)
    2. Constitución Española de 1978
    3. Convenio nº 182 sobre las peores formas de trabajo infantil 1999
    4. Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical
    5. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales
    6. Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017
    7. Convenio Colectivo del sector siderometalúrgico de la provincia de Alicante
    8. Contrato de trabajo de un empleado en una industria textil


Principios de aplicación de las normas

PRINCIPIOS DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS



Principio
Significado
P. de jerarquía normativa
Las normas de rango superior establecen el contenido mínimo de las normas de rango inferior, que no pueden empeorar las condiciones de trabajo establecidas en estas pero sí mejorarlas
P. de norma más favorable
Significa que, cuando existan dos o más normas aplicables a un caso, se aplicará la norma, con independencia de cuál sea su rango, que establezca las condiciones de trabajo más favorables en su conjunto para el trabajador.
P. de irrenunciabilidad de derechos
Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tengan reconocidos en las disposiciones legales y en los convenios colectivos
P. de condición más beneficiosa
El trabajador tiene derecho a conservar los beneficios (jornada, trabajo… etc.) obtenidos por concesión unilateral del empresario (en su contrato) cuando se conceden con una voluntad clara y continuidad en el tiempo, ya que mantienen su vigencia mientras las partes no acuerden  otra cosa o mientras estas ventajas no sean compensadas en virtud de una norma posterior legal o pactada colectivamente que sea más favorable.
P. in dubio pro operario
Este principio significa que los tribunales, en caso de duda sobre la aplicación de la norma, interpretarán la norma de la forma que resulte más beneficiosa para el trabajador.

viernes, 20 de octubre de 2017

Relaciones laborales

Características de una relación laboral
Las 5 características son:
.Voluntario: no puede ser obligado.
-Personal: no puedes enviar a alguien por ti a hacer el trabajo.
-Remunerado: debe tener un salario.
-Dependiente: dependes de un superior.
-Por cuenta ajena: no trabajas por cuenta propia.


Relaciones excluidas en el derecho laboral

a) La relación de servicio de los funcionarios públicos, ya que su relación está regida por el derecho administrativo.
b) Las prestaciones personales obligatorias.
c) La actividad que se limite, pura y simplemente, al desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas, siempre que su actividad en la empresa sólo comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo.
d) Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
e) Los trabajos familiares, siempre que se conviva con el propietario de la empresa, ya sea cónyugue, descendientes y ascendientes...
f) La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles que vayan por cuenta propia ya que asumen la responsabilidad de la venta y por tanto defender a la empresa..
g) En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación distinta de la que define el apartado 1 de este artículo.
A tales efectos se entenderá excluida del ámbito laboral la actividad de las personas prestadoras del servicio de transporte al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares, realizada, mediante el correspondiente precio, con vehículos comerciales de servicio público cuya propiedad o poder directo de disposición ostenten, aun cuando dichos servicios se realicen de forma continuada para un mismo cargador o comercializador.

Relaciones laborales especiales

a) La del personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c
b) La del servicio del hogar familiar.
c) La de los penados en las instituciones penitenciarias.
d) La de los deportistas profesionales.
e) La de los artistas en espectáculos públicos.
f) La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo.
g) La de los trabajadores minusválidos que presten sus servicios en los centros especiales de empleo.
h) La de los estibadores portuarios que presten servicios a través de sociedades estatales o de los sujetos que desempeñen las mismas funciones que éstas en los puertos gestionados por las Comunidades Autónomas.
i) Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una Ley.

Tarea

Ordena las siguientes normas atendiendo al principio de jerarquía normativa 1. Directiva del Consejo de 12 de junio de 1989 rel...